(III)TRANSMISIÓN DE INMUEBLES: VENTA vs. DONACIÓN…
5 julio, 2011 9 Comentarios
Decisión que también irá en función, en muchos casos, del régimen fiscal que rija en cada momento en las distintas comunidades autónomas y no solo de las condiciones legales implícitas que pueden conllevar estos tipos de transmisión.
Desde este punto de vista hay donaciones que todavía salen muy caras, ya que entre las diferentes comunidades autónomas, no todas disponen de un régímen fiscal favorable si nos centramos en el impuesto de Donaciones, lo cual he comentado un poco por encima en posts (I y II) de esta serie sobre impuestos de sucesiones y donaciones, dada la nueva trayectoria en la normativa que va a afectar a nuestra comunidad autónoma.
Por ello en comunidades como son : Andalucía, Asturias, Baleares, Cataluña, Extremadura y La Rioja, es mejor hacer la venta del inmueble a los hijos, que aunque incialmente sea una operación más costosa, puede resultar, a la larga, más rentable que la donación.
No hay que olvidar en el momento de decantarse por una u otra opción, ver cómo está el mercado inmobiliario antes de decidir hacer la venta. Tener en cuenta que en este momento el precio de los inmuebles está bajando, pero de diferente forma en cada comunidad. Pensar si hablamos de segunda residencia o vivienda habitual, y si ésta se halla ubicada en la ciudad o fuera de ella, para que todo ello, junto con otras características de mercado en el momento de la venta ayude a los padres a tomar la decisión de vender, o no, la vivienda a los herederos en el momento actual…. y quizás tomar una decisión alternativa, como sería la donación o el testamento al no basarse únicamente en datos fiscales.
En Baleares, Galicia, Asturias, Andalucía, es más rentable vender la vivienda que donársela a los hijos. En Baleares sólo se aplica un 3% de ITP.
En Andalucía la venta de un inmueble de 180.000 € supone un pago aprox. de 12.600 frente a los más de 27.000 € de coste por donarlo, caso muy parecido al de Asturias.
En Galicia, el gasto tributario de la venta sería de 7.200 € por el itp rebajado al 4% , en cambio la donación, tendría un coste fiscal de 9.000 €.
También hay que contar con el pago del IRPF y la Plusvalía.
En ambos casos, de venta o donación, el que transmite el inmueble debe declararlo en renta al considerarse que “se han generado unas plusvalías que provocan alteración del patrimonio “.
En las ventas , se paga el IT de bienes inmuebles al Ayuntamiento donde se encuenta ubicado el bien . En el caso de la donación el que la recibe es el que paga la plusvalía al Ayuntamiento.
A pesar de que el panorama está mejorando algo, y las bonificaciones fiscales en tema de donaciones se están generalizando, todavía hay comunidades en las que es bastante gravoso transmitir el bien, y la alternativa entonces, sería vendérsela a los propios hijos para pagar algo menos de impuestos.
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